La intervención del CICR en la protección de la dignidad de las víctimas militares y de policia en el conflicto armado con las FARC en Colombia

A intervenção do CICV na proteção da dignidade das vítimas militares e de polícia no conflito armado com as
FARC na Colômbia2
The Intervention of the ICRC in Protecting the Dignity of Victims of Military and Police in Armed Conflict
against FARC in Colombia3

 

Jairo Rojas44


Recibido: 11/02/2015
Aprobado evaluador interno: 10/09/2015
Aprobado evaluador externo: 24/11/2015


 

Resumen

Los numerosos conflictos armados que vive el mundo, demandan un análisis constante y permanente de las acciones de los organismos internacionales que de una forma u otra cumplen un papel determinante en la comprensión y asistencia de los diferentes actores de los enfrentamientos bélicos, esto de cara a un conflicto armado interno que vive Colombia entre las Fuerzas Armadas del Estado y las FARC. El presente artículo, resume una investigación especificada dentro de un tipo de estudio descriptivo - analítico, con un análisis de tiempo retro - prospectivo, dentro de un universo y muestra que son los informes anuales del CICR para Colombia 1998 - 2010, en la que se analizan las acciones del Comité Internacional de la Cruz Roja en Colombia, durante el período comprendido entre 1998 y 2010, respecto de las actuaciones del comité referidas a la protección de los Derechos Humanos de los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia y de sus familias. Su objetivo principal es plantear una propuesta de intervención del accionar del CICR, para la protección de la dignidad de las víctimas del conflicto armado con las FARC, en el estado Colombiano, para que así se propenda por la protección de los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia en procura del respeto de los Derechos Humanos. Finalmente, tras el desarrollo de la presente investigación, se resalta el hecho de no haberse evidenciado un patrón equitativo en la atención de las víctimas del conflicto armado con las FARC, entre las víctimas civiles no vinculadas a la Fuerza Pública y las que sí pertenecen a la Fuerza Pública, reflexiones que son ampliadas en las conclusiones del presente artículo de investigación.

Palabras claves: Conflicto armado; dignidad de las víctimas; Derecho Internacional Humanitario; Derechos Humanos; Comité Internacional de la Cruz Roja; Fuerzas Armadas; FARC.

 

Resumo

Os numerosos conflitos armados que afetam o mundo exigem uma análise constante e permanente das ações de organizações internacionais que, de uma forma ou outra desempenham um papel decisivo na compreensão e apoio dos diferentes atores de conflitos bélicos, face a um conflito armado interno na Colômbia entre as forças armadas do estado e as FARC. Este artigo resume uma investigação especificada num tipo de estudo descritivo - analítico, com uma análise de tempo retro - prospectivo, dentro de um universo, e mostra que são os relatórios anuais do CICV para Colômbia 1998 - 2010 que analisam as ações do Comitê Internacional da Cruz vermelha na Colômbia durante o período entre 1998 e 2010 sobre as ações do comitê relacionadas com a proteção dos direitos humanos dos membros das Forças Armadas da Colômbia e suas famílias. Seu principal objetivo é expor uma proposta para mobilizar as ações do CICV para a proteção da dignidade das vítimas de conflito armado com as FARC no estado colombiano, de modo que se procure a proteção dos membros das Forças Armadas da Colômbia em busca de respeito pelos Direitos Humanos. Finalmente, esta pesquisa destaca o fato de não evidenciar um padrão equitativo no atendimento das vítimas do conflito armado com as FARC, entre as vítimas civis não relacionadas com a força pública e aqueles que si pertencem à força publica, reflexões abordadas em profundidade nas conclusões deste trabalho de pesquisa.

Palavras-chave: conflito armado; dignidade das vítimas; Direito Internacional Humanitário; Direitos Humanos; Comitê Internacional da Cruz Vermelha; Forças Armadas; FARC.


Abstract

The many armed conflicts in the world demand a constant and permanent analysis of the actions from the international organizations, that in one way or another plays a decisive role in the understanding and support of the different actors of armed conflicts, this facing an internal armed conflict in Colombia between the Armed Forces of the State and FARC. This article summarizes an investigation within a specified type of descriptive- analytical, with time analysis retro – prospective study, within a universe and shows that the ICRC’s annual reports for Colombia 1998 - 2010 analyze the actions of the International Committee of the Red Cross in Colombia, during the period between 1998 and 2010 regarding the actions concerning the protection of human rights of members of the Armed Forces of Colombia and their families. Its main objective is to pose a proposal to intervene the actions of the ICRC for the protection of the dignity of victims of armed conflict with the FARC in the Colombian state, so that it aims for the protection of members of the Armed Forces of Colombia in pursuit of respect for Human Rights. Finally after the development of this research, we highlight that there’s no evidence of a fair standard in the care of victims of the armed conflict with the FARC, among civilian casualties unrelated to the public forces and those who do not belong to them. These reflections will be deepened on the findings of this research.

Keywords: Armed Conflict; Dignity of Victims; International Humanitarian Law; Human Rights; International Committee of the Red Cross Armed Forces; FARC.


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1Artículo de reflexión derivado del proyecto de investigación titulado: la intervención del CICR en la protección de la dignidad de las víctimas Militares y de Policía en el conflicto armado con las FARC en colombia; desarrollado en la Maestría en Derechos Humanos y Derecho Internacional de los Conflictos Armados de la Escuela Superior de Guerra. Bogotá, Colombia.
2 Artigo de reflexão derivado do projeto de pesquisa: a intervenção do CICV na proteção da dignidade das vítimas militares e de polícia no conflito armado com as FARC na Colômbia; desenvolvido no Mestrado em Direitos Humanos e Direito Internacional dos conflitos armados da Escola Superior de Guerra. Bogotá Colômbia.
3 Reflection article derived from research the project: Intervention of the ICRC in Protecting the Dignity of Victims of Military and Police in Armed Conflict against FARC in Colombia; developed in the Master of Human Rights and International Law of Armed Conflict. Colombian War College. Bogotá, Colombia.
4 Psicólogo, Magíster en Derechos Humanos y Derecho Internacional de los Conflictos Armados de la Escuela Superior de Guerra. Especialista en Gerencia de Recursos Humanos de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz, Certificado como Coach Organizacional y Gerencial.


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Introduction

El presente artículo tiene como objetivo principal plantear una propuesta de intervención del accionar del CICR, para la protección de la dignidad de las víctimas del conflicto armado con las FARC, en el estado Colombiano; para ello, se establecen una serie de objetivos específicos que son en primer lugar el realizar una revisión documental de las actuaciones del CICR en medio del conflicto armado con las FARC en el período comprendido entre 1998 y 2010. En segundo lugar, identificar cuáles de las acciones del CICR en medio del conflicto han estado estrictamente dirigidas a la protección de las víctimas pertenecientes a la fuerza pública, y finalmente, proponer los tipos de actuación correcta que debe asumir el CICR en el marco de los conflictos armados con actores violentos.

Método
Para tal fin, se cuenta con un diseño metodológico especificado dentro de un tipo de estudio descriptivo -analítico, con un análisis de tiempo retro - prospectivo, dentro de un universo y muestra que son los informes anuales del CICR para Colombia 1998 - 2010; para esto se emplean las técnicas documentales, de revisión bibliográfica, empleando como instrumento el análisis de discursos.

Ahora bien, lo anterior se logra con el desarrollo de cuatros fases de trabajo así: Fase uno. Búsqueda, recuperación y organización de la información, para esta fase se hará uso de la revisión bibliográfica como estrategia para la selección de los datos a analizar y la revisión de los mismos, recurriendo a las bases de datos del CICR y a las bases indexadas que contengan artículos sobre el tema de análisis. Fase dos. Descripción de los resultados obtenidos tras la revisión documental de los informes del CICR para Colombia en el periodo comprendido entre los años 1998 a 2010. Fase tres. Análisis de la información encontrada durante la revisión documental; Fase cuatro. Desarrollo una ruta de protección a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario como propuesta para el CICR.

Descripción del marco referencial y problema de investigación
Así entonces y de cara al desarrollo de la presente investigación, al hacer una lectura de los conflictos armados que han tenido lugar en el mundo, es inevitable, el no pensar en el papel que han jugado distintas organizaciones protectoras de las víctimas en medio de los conflictos, esto relacionado con escenarios en donde comúnmente se conocen pronunciamientos de dichas organizaciones en aras de garantizar que los Estados den un trato digno a sus prisioneros de guerra. Sin embargo, no es igualmente frecuente conocer pronunciamientos de dichos organismos frente al trato que dan a los prisioneros de guerra los actores violentos al margen de la ley.

Esto, teniendo como marco referente el Tercer Convenio de Ginebra de 1949, que dispone una amplia protección para los prisioneros de guerra. Define sus derechos y establece normas detalladas sobre su trato y eventual liberación. Asimismo, en el marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH) que también protege a otras personas privadas de la libertad como resultado de un conflicto armado.

Ahora bien, en el contexto del conflicto armado que vive Colombia, se hace entonces necesario evidenciar el rol desempeñado por el CICR en medio del conflicto armado, durante el período comprendido entre 1998 y 2010 tomando aleatoriamente el análisis de un caso por año. Lo anterior, teniendo en cuenta que según la misión actualizada por el CICR, (2009) se esgrime que tiene la misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de los conflictos armados y de otras situaciones de violencia, así como de prestarles asistencia, esforzándose asimismo en prevenir el sufrimiento mediante la promoción y el fortalecimiento del derecho y de los principios humanitarios universales.

Sin embargo, pese a su reconocida gestión frente a los distintos actores del conflicto, surgen en la sociedad inquietudes respecto al accionar del CICR en cuanto a la protección de las víctimas pertenecientes a la fuerza pública del estado Colombiano; esto recordando la estrategia de la guerrilla basada en el secuestro y la privación de la libertad de los asociados al conflicto armado.

El anterior planteamiento, permitirá al Estado Colombiano, relatar los hechos ocurridos desde una visión sin carga ideológica, más que el deseo de mostrar una verdad en tiempo real, intentando responder al problema de investigación citado en esta investigación como: ¿cuál debería ser la intervención del CICR en la protección de la dignidad de las víctimas Militares y de Policía en el contexto del conflicto armado con las FARC?

Por otra parte, el contexto bélico que vive el Estado Colombiano durante más de cincuenta años, requiere que se evidencien los roles y acciones que han tomado en él, distintos organismos que han tenido injerencia sobre la realidad nacional y sobre la perspectiva internacional de la Nación.

Dicho escenario suscita la clara necesidad de realizar un análisis de fondo a las acciones que el CICR ha realizado dentro del marco del conflicto armado que sostiene el Estado Colombiano con las FARC, esto teniendo en cuenta que parte de la funciones y razones de ser de dicha organización (CICR) es velar por el respeto a la dignidad de los prisioneros de guerra, sin importar si se trata de miembros de la Fuerza Pública o de grupos guerrilleros como las FARC.

De este modo, el dar una mirada al pasado gana relevancia, si se recuerdan hechos como la fuga de personas de la fuerza pública del cautiverio de las FARC, personas que reportaron tratos inhumanos y en donde no fueron mayores los pronunciamientos del CICR y sus acciones no fueron conocidas.

Así entonces, los beneficios directos de la problemática de investigación se relacionarán directamente sobre una realidad contada desde la rigurosidad académica e histórica, pero en esta ocasión relatada por el Estado Colombiano, en donde la comunidad internacional pueda conocer la otra cara de la moneda, y quizás sirva ello para generar transformaciones de fondo frente a organizaciones como el CICR.

Así entonces, es imperioso que se desarrolle una investigación, que evidencie, cuál ha sido el rol del CICR en escenarios como los prisioneros de guerra, retenidos por las FARC en el período comprendido entre el año de 1998 y el año 2010, en el cual tuvo lugar la mayor captura de prisioneros de guerra por parte de la FARC.

Todo lo anterior, gana mayor importancia en tiempos en que se prevén cambios sociales en la comprensión del conflicto, bajo discursos de paz y reconciliación, un escenario en el que la única en prevalecer debe ser la verdad para la historia de la nación.

Contexto y razón del CICR
Es importante como punto de partida se sitúe en un contexto que englobe los derechos humanos desde su concepción y nacimiento, con el propósito de dar una mirada histórica que permita comprender los fenómenos sociales a través del tiempo, visualizando al ser humano como un ser individual.

Dentro del escenario actual, es imperioso analizar qué suponen los Derechos Humanos y a partir de estos de qué manera se concibe al individuo. De acuerdo con Alexy (2004), los derechos humanos se definen por cinco notas características. La primera es su universalidad. Portador o titular de derechos humanos es toda persona en cuanto persona. La segunda nota de los derechos humanos es la fundamentalidad de su objeto. Los derechos humanos no protegen todas las fuentes y condiciones del bienestar que puedan imaginarse, sino sólo intereses y necesidades fundamentales. La tercera nota se refiere al objeto de los derechos humanos; ella es su abstracción, se puede estar rápidamente de acuerdo en que cada uno tiene derecho a la salud; pero sobre lo que esto significa en el caso concreto puede generarse una larga discusión. La cuarta y quinta nota no se refieren ni a los portadores ni a los destinatarios, ni a los objetos de los derechos humanos, sino a su validez. Los derechos humanos en cuanto tales sólo tienen una validez moral. La cuarta nota de los derechos humanos es por lo tanto su moralidad. Un derecho vale moralmente si puede ser fundamentado frente a cada uno que participe en una justificación racional. La validez de los derechos humanos es su existencia. La existencia de los derechos humanos consiste por ende en su fundamentabilidad y en nada más.

A partir de este escenario, se hace evidente la necesidad manifiesta que tienen los Estados de la existencia de organizaciones que busquen garantizar los derechos de las personas bajo diferentes circunstancias. El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) es una organización que trabaja desde su fundación, en1863, por la protección y la asistencia a las víctimas de los conflictos armados y de otras situaciones de violencia. Primero lo hizo en favor de los militares heridos, y luego, progresivamente, de todas las víctimas de esas situaciones.

La razón de ser del CICR es velar, mediante una acción neutral e independiente, por el respeto a la vida, la integridad física, moral y la dignidad de todas las personas afectadas por conflictos armados y otras situaciones de violencia. Todas las actividades del CICR están orientadas hacia este objetivo fundamental y tienden a ese ideal. El CICR actúa en función de las necesidades de estas personas y de sus derechos, así como de las obligaciones de las autoridades. Las actividades del CICR se desarrollan según dos ejes: el eje operativo de la intervención en favor de los afectados por los conflictos armados y otras situaciones de violencia y el eje de desarrollo y promoción del derecho internacional humanitario y de los principios humanitarios. Estos dos ejes son indisociables, porque el primero se ejerce principalmente en el marco que le da el segundo y éste se nutre de la experiencia del primero y facilita la respuesta a las necesidades comprobadas. Esta dualidad refuerza así la identidad del CICR, que aunque sólo sea por ello, se distingue de otras organizaciones humanitarias, privadas o intergubernamentales, cuyo ámbito de actividad internacional se limita, en general, a uno solo de estos dos ejes. (CICR, 2009)

Derechos Humanos y Derecho Internacional en el conflicto armado interno de Colombia con las FARC
De acuerdo con Weber, F. (2012), desde hace más de 50 años existe un conflicto interno en Colombia que envuelve varios grupos; guerrilleros, paramilitares y las Fuerzas Armadas regulares de Colombia. El conflicto colombiano, por su larga duración, parece un conflicto endémico, que hace parte de la vida diaria en muchas regiones del país. Sobre el conflicto colombiano, sus definiciones y consecuencias en el orden del derecho nacional e internacional han existido varias discusiones controversiales durante años. La dificultad para definir el conflicto colombiano surge de diferentes conceptos, normas, definiciones contrarias y opiniones con distintas ideologías. Es una tarea muy difícil intentar adaptar normas jurídicas rígidas a un conflicto, en el que las diferentes posiciones de las partes no son claras. Entonces, conseguir una clara definición de conflicto armado no es tan fácil porque, tanto en el derecho internacional humanitario, como en la jurisdicción internacional, existen varias definiciones que establecen diferentes condiciones.

Sin embargo, los Estados Partes en los Convenios de Ginebra de 1949 confiaron al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), mediante los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, trabajar por la comprensión y la difusión del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados y preparar el eventual desarrollo del mismo. Por esta razón, el CICR presenta la definición de “conflicto armado internacional” y de “conflicto armado no internacional”, según el derecho internacional humanitario (DIH).

El Derecho Internacional Humanitario hace una distinción entre dos tipos de conflictos armados, a saber: los conflictos armados internacionales, en que se enfrentan dos o más Estados, y los conflictos armados no internacionales, entre fuerzas gubernamentales y grupos armados no gubernamentales, o entre esos grupos únicamente. Desde este escenario podremos definir los conflictos armados como confrontaciones abiertas y armadas entre dos o más partes centralmente organizadas, con continuidad de enfrentamientos, y en disputas sobre el poder gubernamental y territorio. (CICR, 2008)

Por otra parte, para el proyecto Correlates of War (COW) de la Universidad de Michigan, se puede hablar de un conflicto armado, cuando existen combates armados en el territorio de un Estado, que involucran al Estado y a otras fuerzas organizadas, y existen al menos mil muertos relacionados con estos combates, de los cuales mínimo un 5% fue ocasionado por el actor armado más débil. Una definición similar de conflicto armado plantea el proyecto de Uppsala-PRIO, que habla de un conflicto armado interno cuando existen al menos 25 muertes por año relacionadas con enfrentamientos armados en el territorio de un Estado, en donde uno de los actores es el Estado. Ese conflicto debe ser llamado Guerra cuando las muertes asociadas a los combates superan mil al año. (Weber, F. 2012).

Para el caso de la presente investigación se tendrá la oportunidad de analizar la situación del contexto colombiano desde la definición del protocolo del Derecho Internacional Humanitario. El análisis se concentrará en el grupo guerrillero, FARC, autodefinido como Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo.

Indiscutiblemente, dentro del escenario del conflicto armado, es necesario hacer alusión a las personas que históricamente se han venido definiendo como víctimas. De acuerdo con la Corte Constitucional (Sentencia C- 253A/2012), la Ley dispone que son víctimas del conflicto armado aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado, definición ésta con un alcance operativo que se orienta a fijar el universo de los destinatarios de las medidas especiales de protección previstas en la ley, en la que también se parte de un reconocimiento de la dignidad de todas las personas que han sufrido las consecuencias del conflicto armado interno y en función de ello, consagra los principios de buena fe, encaminado a liberar a las víctimas de la carga de probar su condición ya que se dará especial peso a la declaración de la víctima, y se presumirá que lo que ésta aduce es verdad, de forma que en caso de duda será el Estado quien tendrá la obligación de demostrar lo contrario; igualdad; y enfoque diferencial que se traduce en la adopción de una serie de medidas encaminadas a enfrentar la situación de vulnerabilidad acentuada de algunas víctimas en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad.

A partir de lo anterior, surge la necesidad de definir el concepto de dignidad humana, en aras de buscar su protección. Ahora bien, en el escenario del conflicto, dentro del marco que busca restaurar al ser humano que ha sido víctima del conflicto armado, es importante tener en cuenta que hay acciones que deben ser complementarias y que apuntan a ciertos procesos y dimensiones psicosociales y que deben tener como fin último la dignidad humana. Como lo señala Bello (2009), la dignidad humana corresponde al estar y permanecer vivo, que el ser humano sea considerado como un fin en sí mismo y no ser utilizado como medio o ser instrumentalizado. Guarda correspondencia con los derechos humanos fundamentales: el derecho a la vida, el derecho a la salud, a la educación, al trabajo creativo, a la participación política entre otros. Trabajar en la perspectiva de la dignidad implica, reconocer con las comunidades y los individuos, los recursos despojados, expropiados y también los que se han podido mantener y los que están por desplegar. Implica reconocer, redefinir y reconstruir los proyectos truncados, en un ejercicio que permita el rescate y la emergencia de lenguajes que den cuenta de la capacidad, de la responsabilidad, del recurso y en donde las categorías de “afectados”, “traumatizados”, “víctimas” sólo sean válidos para reivindicar los derechos a la reparación, a la restitución y para reconocer a través de ellos a los actores e intereses que dieron lugar a la vulneración.

Con todo lo anterior, se concreta la forma en que se manejarán en el curso de esta investigación los conceptos tratados y abordados, con el ánimo de brindar un acercamiento al fenómeno estudiado mucho más certero y preciso.

El CICR y el conflicto colombiano
De acuerdo con Mendoza (2009) hoy en día el conflicto armado colombiano se agudiza, generando más víctimas, que sufren fenómenos como el desplazamiento, la falta de servicios básicos, los accidentes por minas antipersonales, la privación de libertad, condiciones que afectan a la población civil colombiana. Las acciones emitidas por entidades como el CICR se dan de manera integral, con una amplia cobertura, son imprescindibles y de mayor necesidad para el contexto colombiano. De esta manera, se puede acontecer que el CICR presta una acción humanitaria logrando cumplir con los objetivos tanto en el procedimiento como en los resultados para la población civil más vulnerable por el conflicto armado colombiano, a pesar que en ocasiones se encuentra con obstáculos que interfieren en su misión, que lo hace más difícil pero no imposible de realizar. Se puede afirmar que el CICR en Colombia ofrece una gran ventana de ayuda y acción humanitaria para las víctimas del conflicto armado, ayuda que abarca todo el territorio nacional, que se presta de manera integral a las personas más necesitadas brindándose de manera oportuna, siempre teniendo en cuenta sus principios y la dignificación de las víctimas, al mismo tiempo consagra su labor en defensa y promoción del Derecho Internacional Humanitario, convirtiéndose en una institución insigne en el tema.

Los mecanismos de ayuda que emplea el CICR en la acción humanitaria desplegada en el conflicto armado colombiano se caracterizan en primera medida, por ser instrumentos dedicados a la ayuda inmediata y de supervivencia a las víctimas civiles de esta crisis, que a su vez estos también buscan resolver las necesidades humanas básicas de las víctimas. Así pues, los suministros del CICR mantienen en funcionamiento los servicios médicos en Colombia que intentan ayudar y proteger a las familias expuestas durante este conflicto, las cuales se benefician de los proyectos de emergencia relacionados con agua, el saneamiento, la alimentación y desplazamiento. En este sentido, la labor humanitaria del CICR se transforma en una acción no solo dirigida a proteger la vida de las personas, sino también su dignidad humana y medios de sustento, al integrar medidas operacionales que pretenden preservar los medios de vida de la población. Así pues, programas de cocinas comunitarias y suministro de agua potable se dirigen a conseguir cierta autosuficiencia de los beneficiarios, condición considerada como vital en el inicio del proceso de protección a la población más vulnerable que deja este conflicto armado (Mendoza, S. 2009).

De acuerdo con lo que comenta Jakob Kellenbeger, presidente del CICR, sobre Colombia que es uno de los países con el mayor número de desplazados internos en el mundo. Las amenazas de muerte, los enfrentamientos, la muerte de familiares y el reclutamiento forzado de menores, han provocado un desplazamiento constante de la población en diferentes partes del país. Poniéndolos en alto grado de vulnerabilidad, sufrimiento y desamparo. En Colombia, hace diez años, el CICR inició la atención a la población desplazada y desde el 2003, fortaleció los lazos de colaboración con la Cruz Roja Colombiana, lo que le ha permitido ampliar su presencia en el país y brindarle asistencia a más de un millón de personas desplazadas en Colombia, a su vez se reconoce el gran esfuerzo que realizó con el Estado Colombiano por mejorar la atención a las víctimas del conflicto, asesorando la creación de la Ley 387 de 1997 y sus decretos reglamentarios. La creación del Sistema Nacional de Atención Integral a la población desplazada, la definición de las diferentes etapas de la atención, la creación del Registro Único de población desplazada, entre otros, y la asignación presupuestal de importantes recursos, son algunos de los logros. (CICR, 2006)

Peter Krähenbühl, director de operaciones del Comité Internacional de la Cruz Roja Colombina asegura que el movimiento siempre busca un buen nivel de percepción por parte de toda la sociedad y los actores del conflicto, por ello se mantiene un diálogo con todos los actores. Tanto a nivel de las autoridades, como de los grupos paramilitares, el ELN, las FARC y toda la sociedad civil. Puede decirse que existe, realmente, un alto nivel de aceptación y de confianza. Claro, este nivel es muy alto comparado con las situaciones que se tienen en otras partes del mundo. A pesar de las violaciones a la ley Colombiana y al Derecho Internacional Humanitario por el gobierno Colombiano en la operación jaque, dice Carlos Giraldo, director de Doctrina y Protección del la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, y después de los comunicados de los actores del conflicto por la no contundencia de las denuncias por parte del CICR según ellos, el movimiento goza de gran credibilidad y confianza en sus labores, prueba de ello es que aun se puede trabajar en todo el territorio, se tendrá que trabajar más para evitar hechos tan implausibles como este en un futuro y por las constantes violaciones que se siguen cometiendo en el conflicto colombiano. (C.I.C.R, 2007)

De acuerdo con Bernal, V. (2012) el estado de conflicto interno en Colombia, de una duración de más de medio siglo y a un costo dramático en vidas, recursos y permanentes violaciones del Derecho Internacional Humanitario (DIH), por parte de sus actores, requiere la presencia, participación e intermediación del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), en labores humanitarias e insustituibles y necesarias para la protección de la sociedad civil inmersa en el conflicto armado. El carácter imparcial, independiente y neutral del Comité Internacional de la Cruz Roja, permite que sus actuaciones sean llevadas a cabo con la mayor legitimidad posible, puesto que no tiene intereses ni sesgo particular hacia ninguna de las partes, más allá de la protección y el respeto por los derechos de las víctimas del conflicto armado en Colombia y en el mundo, ya que por su marcada experiencia, el CICR ha desarrollado procedimientos y metodologías acordes con las situaciones reales y de contexto que permiten la viabilidad de la intermediación y el acercamiento entre los diferentes grupos y actores en procesos de conflicto. En relación con la aceptación del DIH por parte de las FARC y el papel del CICR en dicho tema, se puede resaltar que a pesar de que el CICR no considere que sus actividades han sido el factor determinante para que las FARC se ciñan a las regulaciones de DIH, sí se puede constatar que a través del diálogo constante y confidencial existente entre el grupo armado y el organismo internacional, se han presentado grandes avances en la humanización del conflicto, al lograr que las FARC cedan ante peticiones de carácter humanitario, respetando las misiones médicas, permitiendo que el CICR brinde ayuda a heridos y enfermos o facilitando la ubicación de las personas que han muerto en cautiverio para que sean entregadas a sus familias. Sin embargo, aún se requiere de un mayor compromiso por parte de las FARC para dejar de realizar acciones que atenten contra la población civil y que violen las normas de DIH; pues no depende exclusivamente del CICR lograr que esto ocurra sino de una serie de compromisos entre las partes para que el conflicto, mientras subsista, por lo menos brinde garantías humanitarias para la población involucrada.

La actuación realizada en el proceso de intermediación humanitaria por el CICR, ha sido un elemento esencial por varios motivos: el acercamiento entre las partes, el seguimiento a las actuaciones de los actores en conflicto, conminándolos siempre al respeto por la vida y los derechos de combatientes, población civil, miembros de la propia Cruz Roja Internacional y de todas las personas involucradas en el conflicto armado; los resultados de esta actuación han sido valiosos en la medida en que su intermediación ha permitido el diálogo entre las partes, la liberación de las personas cautivas y la ejecución de labores humanitarias. La cooperación con actores internacionales y demás miembros de las misiones humanitarias realizadas, han demostrado que existen acciones que permiten realizar operaciones de liberación exitosas, siempre y cuando las partes en conflicto demuestren su voluntad real de establecer las condiciones humanitarias que privilegien a las víctimas por encima de cualquier clasificación o pretensión política de las partes. Finalmente, por obedecer a pactos y acuerdos internacionales suscritos por Colombia, se legitima de manera nacional e internacional, la participación e intermediación del Comité Internacional de la Cruz Roja, pues su reconocimiento es aceptado no sólo por las partes sino por los Gobiernos y Estados signatarios de los acuerdos y protocolos correspondientes, lo que le permite una actuación continua y efectiva en pro de la protección, la promulgación y la defensa de las regulaciones del Derecho Internacional Humanitario. (Bernal, 2010)

Paralelo a esto, Valladares (2006), muestra en su investigación que el CICR, además emprende actividades de asistencia a favor de las víctimas directas e indirectas de los conflictos armados y de ciertas situaciones de violencia interna en virtud de su cometido definido en los Convenios y Protocolos de Ginebra, de su derecho de iniciativa humanitaria, del derecho de las víctimas a la asistencia y de los Principios Fundamentales del Movimiento. La labor asistencial del CICR tiene por fin último proteger la vida, paliar los sufrimientos, mantener y restablecer la salud de las víctimas de los conflictos armados. La protección de la salud mediante la asistencia se inscribe en el marco más general de los derechos fundamentales y de la dignidad de las personas en los conflictos armados que confiere el derecho internacional humanitario. La ayuda material del CICR va dirigida principalmente a las víctimas directas de los conflictos: heridos, inválidos, enfermos, prisioneros, personas desplazadas, refugiados y población civil de zonas ocupadas o de ciudades sitiadas.

El CICR visita a personas privadas de la libertad en contextos de conflictos armados o ciertas situaciones de violencia interna desde 1915. Ya desde los primeros meses de la Primera Guerra Mundial, cuando se evidenció que esta se extendería en el tiempo, la Institución se preocupó por la suerte que corrían los prisioneros de guerra y los internados civiles y por iniciativa propia, con el asenso de los beligerantes, comenzó a visitar a esas personas. Su objetivo era incitar a las partes a que facilitasen las mejoras necesarias en cuanto a las condiciones de detención de los prisioneros y de poder informar a los gobiernos y a las familias sobre la suerte de esas personas. (Valladares, 2006)

De acuerdo con Doménech, J. (2003) el Derecho Internacional Humanitario organiza la protección del prisionero de guerra sobre la base de considerarlo como víctima del conflicto armado. En efecto, cuando el combatiente ha expresado claramente su intención de rendirse o está incapacitado para seguir haciendo uso de su derecho a la acción hostil y es capturado, el cambio que experimenta en su situación personal es dramático, porque lógicamente se siente en total y absoluto desamparo, frecuentemente herido, a merced del enemigo, en trance de permanecer privado de libertad por un tiempo indeterminado y alejado de su patria y de sus familiares. Los participantes en la Conferencia Internacional para la Protección de las Víctimas de la Guerra, celebrada en Ginebra del 30 de agosto al 1 de septiembre de 1993, aprobaron por consenso una declaración final que, entre otras importantes aseveraciones, se dice que: “se rehúsa aceptar que se remate a heridos, se mate a niños, se viole a mujeres, se torture a prisioneros, se prive de asistencia elemental a las víctimas,......”(párr., 1). La constatación de la preocupación internacional por la suerte que corren los prisioneros se ve reforzada por la utilización del prisionero en los últimos conflictos como arma psicológica de guerra, como escudo humano o como factor de negociación forzada.

En este orden de ideas, el DIH debe influir en los procesos de toma de decisiones que analizan los factores de personal, inteligencia, operaciones y logística. El trato de prisioneros supone una enorme tarea de planeamiento que debe abarcar problemas tan complejos como la organización y funcionamiento de un campo de prisioneros. Es indudable que las decisiones en cualquier nivel de mando resultarán enriquecidas y se evitará que surjan como incidencias de combate no previstas y afectadas del margen de error que tienen todas las decisiones apresuradas y poco meditadas en estas materias. La condición de combatiente otorgada por el Derecho de la Guerra a determinadas personas da lugar a la atribución a estas de un conjunto de derechos y obligaciones que conforman el llamado “estatuto del combatiente”. Pero no todas las personas que participan directamente en las hostilidades tienen derecho al estatuto, por lo que surge la necesidad de aclarar previamente el concepto jurídico de combatiente, deslindándolo de otros afines, antes de analizar posteriormente cuales son los derechos y obligaciones que tal estatuto comporta (Doménech, J. 2003).

Resultados
Al realizar una revisión sobre las actividades del CICR en Colombia en el período comprendido entre 1998 y 2010, dentro del marco de la primera fase de la presente investigación, se evidencia que de los años 1998, 1999, 2000, 2001, no se encuentran hallazgos de información sobre el actuar del Comité en Colombia. Es a partir del año 2002, donde se hace explícita una descripción de las actividades anuales del CICR.

Al considerar el periodo comprendido entre 2002 y 2004, reportado en los informes del CICR, se encuentra que el número de víctimas civiles afectadas por el conflicto armado va en aumento, haciendo énfasis en la necesidad de buscar políticas de protección y asistencia. Para responder a estas necesidades y en el marco de su misión, la Delegación del Comité Internacional de la Cruz Roja en Colombia, realizó diferentes actividades para dar respuesta a las necesidades de las víctimas civiles del conflicto armado, dentro de lo que se considera los Proyectos de Rápido Impacto, que los definen como proyectos de infraestructura menor, los cuales se orientan a la construcción y mejoramiento de infraestructuras como escuelas, puestos de salud y acueductos veredales, entre otros. También, se hace referencia a la asistencia médica a la población civil que requieren algunos servicios especializados y que nos los han obtenido del Estado, así como también, con el ánimo de buscar el respeto de las normas humanitarias universales y así proteger a quienes no participan en las hostilidades, el CICR desarrolla actividades de protección.

Por otra parte, se hace referencia al contacto con las partes del conflicto, orientado a establecer una relación de confianza con todas las partes: miembros de las fuerzas militares y de policía y miembros de los grupos de guerrilla y de autodefensa, exhortándola a que ejerzan un control sobre sus subordinados para que respeten y protejan a la población civil de los efectos de las hostilidades. En relación con la toma de rehenes, para este año 2003, el CICR apoyó el rescate de 30 civiles y tan solo fue posible facilitar el intercambio de mensajes cruz roja entre 14 rehenes civiles y sus familiares. Asimismo, han logrado la visita a personas privadas de libertad, sin embargo, aún no han podido cumplir con el propósito de visitar a los militares y policías capturados por los grupos guerrilleros (CICR, 2003). En relación con la comunicación, afirman que con la asesoría técnica del CICR, las Fuerzas Armadas de Colombia adoptaron en 2003, un plan permanente de Integración al Derecho Internacional Humanitario, que tiene la finalidad de integrar el DIH en los planes de formación militar y en la doctrina militar. Teniendo en cuenta que todas las partes en el conflicto tiene la obligación de respetar, hacer respetar y aplicar las normas humanitarias, cuando las circunstancias lo permiten, delegados del CICR, comparten con miembros de grupos de guerrilla y autodefensa su mensaje humanitario, también recuerdan a los integrantes de estos grupos las reglas básicas del DIH y las obligaciones que las partes en el conflicto armado tienen frente a la población civil (CICR, 2003).

Finalmente, en lo que concierne a la Fuerza Pública, con la asesoría técnica del CICR, las Fuerzas Militares continuaron progresando en la aplicación de la Directiva Permanente que busca integrar el DIH en la doctrina, educación y entrenamiento del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada. Asimismo, durante 2004, el CICR, conjuntamente con la CRC concluyó el proceso de integración del DIH en las escuelas de formación policial. (CICR, 2004)

En los informes del CICR, (2005, 2006, 2007), respecto a la toma de rehenes, se expone que fueron entregados al CICR tan sólo 8 rehenes civiles liberados. Como en los informes anteriores el CICR reiteró en varias ocasiones su disposición para visitar a los policías y militares en manos de grupos armados y conocer sus condiciones de salud, transmitir Mensajes Cruz Roja entre estos y sus familiares, así como apoyar a nivel logístico el retorno de las personas liberadas a sus hogares, sin embargo por algunas circunstancias no ha sido posible, tan solo durante 2005, fueron entregados al CICR 3 soldados y 3 policías liberados. Ante la situación de víctimas de minas antipersonal. Según el Observatorio de Minas de la Vicepresidencia de la República, durante 2005, se registraron 1.018 víctimas. De éstas, 738 resultaron heridas y 280 perdieron la vida. Se observa un incremento del 18,46% con relación a 2004, cuando la cifra de víctimas fue de 874 personas. Antioquia fue durante 2005 el departamento que registró el mayor número de casos.

En lo que tiene que ver directamente con la fuerza pública, durante 2005, el equipo académico de la Policía inició con la asesoría técnica del CICR y de la Cruz Roja Colombiana (CRC) la capacitación de los instructores de los Escuadrones Móviles de Carabineros (EMCAR) para que fortalezcan la aplicación del DIH en sus operaciones. Con la Fuerza Pública y los grupos armados organizados, el CICR mantiene charlas sobre las necesidades humanitarias de la zona y el trabajo que adelanta la Institución. Insiste en el respeto de la población civil. Durante 2005, se realizaron 193 sesiones de difusión a las que asistieron más de 11.500 portadores de armas. (CICR, 2005)

En el informe del CICR, (2006) en lo relacionado con las Fuerzas Militares y la Policía, Durante 2006, el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada Nacional continuaron aplicando el Plan Permanente de Integración del DIH y de los Derechos Humanos. Todas las partes en conflicto tienen la obligación de respetar y hacer respetar el DIH. Por este motivo, cuando las circunstancias lo permiten, delegados del CICR sensibilizan a los miembros de los grupos armados organizados respecto de las consecuencias humanitarias del conflicto y les recuerdan las obligaciones que tienen frente a la población civil, a la misión médica y a las personas puesta fuera de combate por heridas, enfermedad, privación de libertad o porque depusieron las armas. (CICR, 2006)

El CICR (2007) continuó asesorando a las Fuerzas Militares en el Plan Permanente para la Integración del DIH en la Formación y Entrenamiento Militar. Durante 2007, el CICR asesoró a 170 instructores militares para mejorar sus programas de instrucción transversal en materia de DIH. También apoyó a las Fuerzas Militares en la realización de ejercicios de “lecciones aprendidas” en los que participaron oficiales responsables de operaciones. Estos ejercicios contribuyen a adoptar medidas tendientes a mejorar la aplicación del DIH en el planeamiento y la conducción de las operaciones militares. Con la Policía Nacional, el CICR apoya la implementación de la Guía para la Integración del DIH en la formación, actualización y entrenamiento de sus miembros, documento elaborado por la Dirección Nacional de Escuelas con el apoyo técnico del CICR y la CRC. Para la difusión de los contenidos de la Guía, el CICR apoyó la impresión de la primera edición que tuvo un tiraje de 2.000 ejemplares. Estos, serán distribuidos, durante 2008, en las Escuelas de Formación y Centros de Instrucción Policial y servirán como apoyo pedagógico para docentes y estudiantes policiales.

El CICR, (2009) en su informe expone que se realizaron dos ejercicios de “lecciones aprendidas” en dos divisiones del Ejército para plantear problemas de aplicación del DIH y proponer medidas para mejorar el respeto del DIH en el planeamiento, la conducción, el control y la evaluación de las operaciones militares. En total, 508 miembros de las Fuerzas Militares, como asesores jurídicos operacionales, jefes de inteligencia y de operaciones, responsables de Derechos Humanos y de DIH e instructores militares de tropa participaron en ocho talleres de DIH para divisiones y escuelas militares con la asesoría del CICR y de la Cruz Roja Colombiana. Se visitaron 14 Escuelas de la Policía para mejorar el proceso de integración del DIH. El Ministerio de Defensa recibió asesoría jurídica para reforzar la aplicación del DIH en el nuevo manual de derecho operacional.

En 2010, el CICR realizó 157 sesiones informativas sobre su misión y forma de trabajo en las que participaron alrededor de 9.000 miembros de las Fuerzas Militares (Ejército, Armada y Fuerza Aérea), líderes comunitarios, autoridades políticas y miembros de grupos armados. Personas con posibilidad de incidir en un mayor respeto del DIH, como miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, comandantes de grupos armados, responsables de la toma de decisiones en los ámbitos legislativo, ejecutivo y judicial, y periodistas y líderes de opinión han participado en las sesiones informativas y en los cursos y seminarios de capacitación (CICR, 2010).

El CICR continuó brindando asesoría jurídica al Estado colombiano en su obligación de respetar y hacer cumplir las normas y principios humanitarios como Estado parte en los Convenios de Ginebra y otros tratados internacionales sobre temas humanitarios y de DIH. Durante 2010 el CICR apoyó tres ejercicios de “lecciones aprendidas” en los que participaron 134 miembros de las Fuerzas Militares. Estos ejercicios consisten en el estudio de situaciones reales en las que se identifica el origen de las infracciones a normas del DIH, derechos humanos y legislación interna, y se plantean las medidas preventivas y correctivas para evitar que las violaciones se repitan. Igualmente, el CICR y la Cruz Roja Colombiana apoyaron 12 talleres de DIH en los que participaron 733 miembros de las Fuerzas Militares con capacidad para incidir en el planeamiento, conducción, control y evaluación de las operaciones militares. Con el fin de sensibilizar a los miembros de la Fuerza Pública de su obligación de proteger y respetar al personal sanitario y a los miembros de la misión médica, el CICR y la Cruz Roja Colombiana realizaron 10 talleres de información en los que participaron 234 miembros de las Fuerzas Militares y personal de salud (CICR, 2010).

Se realizaron 10 visitas de acompañamiento y asesoría para la integración del DIH en la educación y entrenamiento de la Policía Nacional en igual número de escuelas de formación policial y de especialidades. El CICR inició en 2010 discusiones y talleres sobre el uso de la fuerza en situaciones de violencia diferentes al conflicto armado, tema especializado del DIDH. Estas discusiones abordaron las normas que regulan el uso de la fuerza y el comportamiento de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en estas situaciones de violencia. A propósito de la temática, se realizaron dos seminarios en Bogotá y Medellín en los que participaron miembros de la Policía Nacional y de la Policía Militar de la VII División del Ejército (CICR, 2010). Finalmente, tras el avance de esta etapa de la presente investigación, se resalta el hecho de no haberse evidenciado un patrón de equidad en la atención de las víctimas del conflicto armado con las FARC, entre las víctimas civiles no vinculadas a la Fuerza Pública y las que si pertenecen a la Fuerza Pública.

Conclusiones
Tras el desarrollo de esta investigación se hicieron visibles distintos escenarios que han tenido lugar en medio del conflicto armado vivido entre el Estado Colombiano y las FARC, realidad que permite vislumbrar la necesidad imperiosa de resaltar una vez más la necesidad e importancia que tiene en esta realidad bélica, la presencia de organismos internacionales como lo es el Comité Internacional de la Cruz Roja, en procura clara y franca de proteger y velar por el respeto de los Derechos Humanos de todos los actores del conflicto y sus familias.

Sin embargo, a lo largo de este proceso de investigación y al momento de analizar cada uno de los informes de actividades del CICR para Colombia en el periodo comprendido entre el año 1998 y 2010, se evidencia que la mayor parte de las acciones de dicho organismo se centra en la protección de las víctimas civiles del conflicto o en los miembros de las FARC, en contra posición a muy pocas o escasas acciones enfocadas a proteger los derechos de los combatientes pertenecientes a las Fuerzas Armadas de Colombia.

Verbigracia de ello, no se reportó en ninguno de los informes actividad alguna referida a los policías y militares secuestrados por las FARC en dicho periodo de temporalidad durante su cautiverio, así como tampoco se citan misiones médicas que ayuden a los uniformados víctimas del secuestro; de igual forma no se reporta ningún señalamiento o descripción sobre los militares y policías víctimas del uso de armas no convencionales por parte de las FARC, sumado a esto no existen registros sobre ayudas brindadas a las familias de la Fuerza Pública.

Así entonces, surge una clara necesidad de brindar a quienes corresponda el estatus de víctima del conflicto entre el Estado Colombiano y las FARC; siendo la intención de esta investigación que en esta ocasión se contemple a los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia (Ejercito Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea Colombia y Policía Nacional) como claras víctimas de dicho conflicto, y con ello brindarles toda la atención física, psicológica y social que puedan llegar a necesitar, así como a sus familias.

Es allí, donde el Comité Internacional de la Cruz Roja, jugará un rol determinante en la loable intensión de reconstruir el tejido social de Colombia, desde el mismo respeto de los Derechos Humanos, de todas y cada una de las víctimas reales del conflicto armado; esto gana un carácter de trascendental importancia ahora más que nunca cuando se habla en el discurso político nacional de Colombia de un período próximo de postconflicto.

Para atender a estas demandas, como cierre de esta investigación se plantea una ruta de acción para que el CICR, pueda cumplir a cabalidad con su noble misión de velar por los Derechos Humanos y más aun como lo fuera en sus inicios en el año de 1863, velar por los derechos que le pertenece a todo combatiente en medio de un conflicto bélico, sin importar el lado del que se esté, cuidando de él y denunciado a la comunidad internacional todas las posibles violaciones de las que estén siendo víctimas, evocando las inmarcesibles letras que se citaron aquel 29 de octubre de 1863 en Ginebra, gritando a viva voz el respeto por la dignidad humana de toda persona.

A continuación, se explica la ruta de acción sugerida para el CICR, en cuanto a la atención de las víctimas pertenecientes a la Fuerza pública y a sus familias se refiere.

Ruta de atención a los Derechos Humanos de los miembros de las Fuerzas Armadas como víctimas del conflicto Armado con las FARC:

• Primera acción - Comprensión jurídica del DIH y DDHH. Comprensión del concepto jurídico del Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos en relación a su correcta aplicabilidad y obligatoriedad en medio del conflicto armado entre el Estado Colombiano y las FARC.

• Segunda acción – Humanización. Humanización y acercamiento a la sociedad del uniformado miembro de las Fuerzas Armadas, como un ser humano integral y englobado bajo la premisa de dignidad humana, en donde se entienda que por sus condición como ser gregario tiene las mismas dimensiones personales que cualquier otra víctima del conflicto, como lo son las dimensiones social, personal, espiritual, sexual e intelectual.

• Tercera acción – Estatus de víctimas. Reconocimiento del estatus de víctima del conflicto armado a los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia y sus familias si así fuese.

• Cuarta acción – Auto-reconocimiento como víctimas. Desarrollo de estrategias pedagógicas y psicológicas que faciliten el acercamiento y auto reconocimiento del los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia y sus familias, así mismos como víctimas del conflicto

• Quinta acción – Evaluación de necesidades. Identificación de las necesidades físicas, psicológicas y sociales de las víctimas pertenecientes a las Fuerzas Armadas de Colombia y sus familias.

• Sexta acción – Intervención. Aplicación de estrategias de intervención, que permita la reconstrucción del tejido social en Colombia entre los distintos actores del conflicto.

• Séptima acción – Prevención. Diseño de estrategias de prevención de las violaciones del Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos humanos.

• Octava acción – Divulgación. Desarrollo de campañas que divulguen a la comunidad internacional la condición de víctimas que tienen los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia y sus familias.

• Novena acción – Verificación. Verificación periódica del proceso.

Ahora bien, tras la ejecución de esta ruta, es necesario se contemplen las distintas dinámicas sociales que tienen lugar en Colombia, escenarios en los que es imperioso trazar como objetivo primordial, la reconstrucción del tejido social, proceso que para tener lugar requiere de múltiples esfuerzos, entre ellos el reconocimiento de una realidad donde toda la población nacional fue de una forma u otra víctima del conflicto armado entre Estado y FARC.

De este modo, puede llegar a tener lugar un constructo concebido como la autopoyesis, una dimensión en la que la sociedad tenga una nueva posibilidad de auto crearse a sí misma, conllevando a una auto producción de un tejido social, fundamentado en el aprendizaje de la realidad vivida, pero diseñado para el alcance de un país cuyos ciudadanos puedan tener y vivir bajo un sano desarrollo, que redunde en relaciones armónicas entre la población.

Finalmente, este artículo derivado de un trabajo de investigación como ejercicio nacido de la academia, analiza una problemática social y propone una solución en aras de facilitar los procesos sociales entre sociedad y actores armados, en un momento político de trascendental importancia para Colombia.

 

Referencias

Alexy, R. (2004). Sobre la teoría de los derechos. Barcelona: Universidad de Kiel.

Bello, M. (2009). Acompañamiento psicosocial en contextos de violencia sociopolítica. En: Corporación vínculos Bogotá, D.C.: Arfo Editores.

Bernal, V. (2012). Papel de los sujetos atípicos del derecho internacional en la ejecución de labores humanitarias. Estudio de caso: acompañamiento e intermediación del CICR en el proceso de liberación de secuestrados en colombia por parte de las FARC durante el periodo 2008-2010. Bogotá: Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Facultad de Relaciones Internacionales.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR. (2006). Descubra al CICR. Ginebra: Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja -CICR. (2007). Diccionario del Derecho Internacional Humanitario. Tercera Edición. Bogotá, D.C.: Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja. (2008) ¿Cuál es la definición de “conflicto armado” según el derecho internacional humanitario? [En línea] Disponible en http://www.cicr.org/web/spa/sitespa0. nsf/htmlall/armed-conflict-article-170308/$file/Opinionpaperarmed- conflict-es.pdf

Comité Internacional de la Cruz Roja, (2009). El CICR, su misión y su acción. Ginebra, Suiza.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2003). Informe Anual de Actividades Colombia 2002. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2003). Informe Anual de Actividades Colombia 2003. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2004). Informe Anual de Actividades Colombia 2004. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2005). Informe Anual de Actividades Colombia 2005. Editorial CICR

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2006). Informe Anual de Actividades Colombia 2006. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2007). Informe Anual de Actividades Colombia 2007. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2008). Informe Anual de Actividades Colombia 2008. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2009). Informe Anual de Actividades Colombia 2009. Editorial CICR.

Comité Internacional de la Cruz Roja –CICR, (2010). Informe Anual de Actividades Colombia 2010. Editorial CICR.

Doménech, J. (2003) Estatuto y trato de los combatientes en caso de captura. Derecho Internacional Humanitario y temas de áreas vinculadas. Lecciones y Ensayos Nro. 78. Buenos Aires.

Mendoza, S. (2009) Análisis de la acción humanitaria del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en la protección y asistencia a las víctimas del conflicto armado colombiano a partir de 2005. Bogotá D. C.: Universidad colegio mayor de Nuestra Señora del Rosario, Facultad de Relaciones Internacionales.

Sentencia C-253A (29 de marzo, 2012). Demanda de Inconsistucionalidad. M.P. Gabriel Mendoza. Corte Constitucional

Tercer Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.(1949). Ginebra, Suiza.

Valladares, G. (2006). El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y su contribución al desarrollo convencional del Derecho Internacional Humanitario en los comienzos del siglo XXI. Brasil.

Weber, F. (2012). Implicaciones penales del conflicto armado Colombiano y del reconocimiento de la beligerancia para miembros de grupos armados ilegales colombianos a la luz del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Penal Colombiano. [Tesis]. Bogotá, D.C.: Universidad Santo Tomás.